- ¿Qué
signos son considerados como marcas registrables?
Nombres, letras, números, formas específicas
de color o una combinación de colores, signos tridimensionales
y cualquier otro signo o combinaciones de signos que sirven para distinguir
los productos y/o servicios de una empresa son considerado marcas registrables.
La legislación actual considera que las marcas
sonoras y olfativas pueden ser registradas. Sin embargo debido a la dificultad
en el análisis de la registrabilidad, estos tipos de marcas serán
sujetas a provisiones ministeriales.
- ¿Cual es el número máximo
de clases permitidas por solicitud?
Cuba es miembro del Acuerdo de Niza. Se aceptan solicitudes
multiclases y está permitido incluir todas las clases en una solicitud.
La tarifa básica cubre las tres (3) primeras clases, la cuarta
(4) y las siguientes clases requieren el pago de una taza adicional.
- ¿Quien debe usar un agente / abogado
local?
Una marca puede ser solicitada por una persona natural o entidad legal,
o por un grupo de estas que deben tener total capacidad jurídica.
Un agente necesita ser instruido por personas no residentes para presentar
una solicitud y para cualquier acción subsecuente.
- ¿Se aceptan documentos de prioridad
en virtud del Convenio de París con presentación tardía?
Los documentos de prioridad y su traducción al
Español deben ser presentados dentro de tres (3) meses contados
a partir de la fecha de solicitud. Sin embargo los detalles de la prioridad
deben ser revelados en el mismo momento de la presentación.
- ¿Cuál es el tamaño, la
calidad, la cantidad y otras especificaciones de las reproducciones de
las marcas?
El agente / abogado requiere usualmente de una representación con
calidad profesional para las marcas en blanco y negro y 20 representaciones
para las marcas a color. Los tamaños máximos son 10 cm *
10 cm. No es posible presentar una descripción indicando los elementos
distintivos para una marca con diseño. Se acepta una descripción
para una marca tridimensional. La solicitud de una marca a color debe
presentarse con una impresión en blanco y negro, la cual contiene
una descripción de cómo los colores están distribuidos
mediante el uso de flechas en el diseño.
- ¿Los procedimientos de cancelación
basados en el no uso se encuentran disponibles?
- ¿Se necesita Carta Poder para actuar ante la Oficina?
Una Carta Poder simplemente firmada (no se requiere legalización)
por el solicitante / titular es necesario para actuar ante la Oficina.
La Carta Poder debe especificar el nombre y la capacidad del firmante
o firmantes.
La carta Poder puede ser general y por tanto usada para
todos los asuntos a nombre de un solicitante específico. En este
caso, la Carta Poder general será enumerada por la Oficina y simplificará
el procedimiento para solicitudes posteriores.
- ¿Se necesita la traducción de
cualquier documento extranjero con el objetivo de presentar una solicitud
válida?
Una traducción al idioma Español es necesaria para presentar
una solicitud válida.
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