SOLICITUD
DE REGISTRO
Las obras que son susceptibles a ser
registradas son:
- Obras Literarias: novelas, cuentos, antologías, textos
didácticos y científicos, artículos periodísticos, ensayos,
programas de computación, bases de datos, y en general todo
libro o folleto.
- Obras Musicales: obras de cualquier género musical.
- Obras de Artes plásticas: pinturas, esculturas, grabados,
litografías y otros.
- Obras de arquitectura: planos, croquis, dibujos, modelos,
maquetas, y otros.
- Obras de arte aplicado.
- Obras Dramáticas, dramático- musicales, coreografías y
pantomimas.
- Obras audiovisuales.
- Croquis y obras plásticas relativas a la geografía,
topografía o a las ciencias.
- Los soportes multimedia y otras producciones protegidas
por el Derecho de Autor.
- Los documentos o actos de contratos referidos al Derecho
de Autor.
Los requisitos a tener en cuenta para el registro son:
Formales:
• Presentar la copia de la obra, si esta
es muy extensa, se admitirá una síntesis de la misma de dos
o tres cuartillas.
• Identificación de la persona que va a registrar.
De Contenido:
• Que la obra tenga originalidad, lo que se traduce como que
presente características propias del autor.
Otros requisitos:
• Si se presentaran para un registro documentos redactados
en otro idioma, entonces se deberá acompañar su traducción
al idioma nacional, que en su caso sería el español.
• Si la obra es hecha en coautoría, entonces deberán
presentarse todos los autores de la creación, o en su caso,
presentarse uno de ellos con una autorización del resto a
registrar su obra. También es válida la solución de que se
presente una tercera persona a registrar en nombre de los
autores, y como en el caso anterior deberá contar con una
autorización de los creadores.
Requisitos para cada tipo de obra:
- Para las literarias un ejemplar de las mismas.
- Para las obras artísticas y únicas, como un cuadro, una
escultura, una obra arquitectónica u otra, deberá
presentarse una descripción de la misma, así como una foto.
En caso de que la creación sea en tres dimensiones como es
el caso de la escultura, se tomarán fotos del frente y los
laterales.
- Para los planos, croquis, mapas o fotografías, se
presentará copia de los mismos.
- Para las obras audiovisuales, será necesario una copia del
guión, una ficha técnica con el nombre de todos los autores,
así como una sinopsis de la misma.
- Para las obras musicales deberá presentarse una copia de
la partitura y de la letra, si la tuviere.
- Para los programas de computación y las bases de datos, se
presentará copia del manual de usuario, que es donde se
explica el modo de uso del programa.
- Para los soportes de multimedia y otras producciones,
deberá presentarse un ejemplar del mismo.
- Para los contratos o cualquier acto referido al Derecho de
Autor será necesario que adjunten una copia de los
documentos que los contienen.
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